La Sentencia de Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo, de 14 de diciembre de 2017, ha estimado el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había declarado nula la cláusula de interés de un préstamo hipotecario por estar referenciada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios).

El Supremo considera que la vinculación a un índice oficial como es el IRPH no implica que haya falta de transparencia ni abuso, por lo que no cabe anular los contratos.

La sentencia cuenta con el voto particular de dos magistrados que consideran que la cláusula que incorpora el IRPH no supera el control de transparencia.

Texto de la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de noviembre de 2017