El pasado 31 de marzo entraron en vigor una serie de modificaciones del texto refundido de la Ley catalana reguladora de residuos. Entre ellas, se encuentra la prohibición de la entrega gratuita de bolsas de plástico tanto en caja como en repartos a domicilio por parte de los establecimientos comerciales catalanes. La medida, que ya se aplica en supermercados y grandes superficies, pasará a ser obligatoria para todo tipo de puntos de ventas de mercancías y productos en Catalunya, con el objetivo de reducir el impacto ambiental que las bolsas de plástico suponen como residuos.
Las bolsas prohibidas son aquellas cuya composición está formada por cualquier material plástico, incluyendo el plástico en general, el plástico oxodegradable y el plástico biodegradable. Quedan, sin embargo, fuera de la prohibición las bolsas compostables (aquellas que se puedan usar para hacer abono orgánico o compost). También quedarán excluidas las llamadas “bolsas de sección” – bolsas sin asa que los clientes usan, por ejemplo, para pesar la fruta. Para garantizar la difusión de la norma, la Agencia de Residuos de Cataluña iniciará una campaña informativa dirigida a los comercios y la ciudadanía en general.
Las bolsas de plástico también pasarán a ser de cobro obligatorio en el ámbito estatal a partir de 2018.
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